Despido durante el preaviso: la retractación y sus consecuencias

El despido de un trabajador durante el período de preaviso otorgado extingue la notificación original y genera nuevas obligaciones indemnizatorias para el empleador.
Un globo aerostático (el trabajador) que está despegando (en preaviso), atado a una pila de monedas (el salario adeudado) con una cuerda muy fina que está a punto de romperse, mientras que debajo, un gran agujero negro (la deuda) lo espera. Representa: El despido de un trabajador que se encuentra en situación de preaviso, sin que se haya abonado el salario correspondiente al período de preaviso, lo que genera una deuda económica para el empleado y la posibilidad de iniciar un reclamo para obtener el pago de estos haberes.

La noble ficción del preaviso y su abrupto final

Mire, vamos a empezar por el principio, como si estuviéramos dibujando en una servilleta en un bar de Tribunales. El preaviso. Qué concepto tan… civilizado, ¿no? Una de las partes, digamos el empleador, decide que la relación laboral se termina. Pero en un acto de supuesta elegancia, de consideración, le dice al trabajador: ‘Mirá, en uno o dos meses, según tu antigüedad, esto se acaba. Pero te doy este tiempo para que te vayas reacomodando, buscando otra cosa’. Es una notificación. Una promesa de que el contrato se extinguirá en una fecha futura. Durante ese lapso, el trabajador sigue siendo trabajador, con todos sus derechos y, claro, sus obligaciones. Cobra su sueldo, tiene sus dos horas diarias para buscar laburo o se las acumula. Una belleza. Una ficción, una hermosa ficción legal que pretende suavizar el golpe.

Pero, ¿qué pasa en este bendito país donde la estabilidad es un concepto más filosófico que real? Pasa que a veces, en medio de esa transición tan prolija, algo se rompe. El empleador, que ya había preavisado, se arrepiente. O mejor dicho, no se arrepiente de echarlo, sino que decide que no quiere esperar. Decide que el despido tiene que ser ahora, ya. Y acá es donde la cosa se pone interesante, donde el derecho laboral muestra su verdadera cara, que no es la de un manual suizo, sino la de un tango de Cátulo Castillo. Porque el empleador no puede simplemente decir ‘che, ¿te acordás del preaviso? Olvidate, andate hoy’. No, no funciona así. El acto de despedir al trabajador *durante* el preaviso que él mismo otorgó es, en la práctica, una retractación de ese preaviso. Es un segundo despido, uno que pisa y anula al primero.

Y esta retractación, este cambio de planes, no es gratis. Para nada. El ordenamiento jurídico, con esa sabiduría un poco cínica que le dan los años, entiende que no se puede jugar así con la gente. Si usted, empleador, notificó un despido a 30 días, generó una expectativa. El trabajador ya se hizo la cabeza, quizás hasta rechazó otra oferta pensando que tenía un mes más de sueldo. Y ahora, de un plumazo, usted le cambia las reglas del juego. Eso tiene un costo. El sistema considera que el preaviso, una vez otorgado, es una obligación. Si lo incumple, si lo interrumpe con un despido inmediato, entonces debe pagar por él. Es como si nunca lo hubiera dado. Volvemos a foja cero, pero con una pila de problemas nuevos. El despido que iba a ser ‘prolijo’ se convierte en un despido intempestivo, con todas las de la ley. Y ‘todas las de la ley’, en derecho laboral, suele significar una cuenta bastante más abultada de la que el empleador tenía en mente cuando se levantó esa mañana con ganas de innovar en materia de recursos humanos.

La situación más común, la que vemos todos los días, no es un simple ‘me arrepentí’. Generalmente, el empleador intenta disfrazar esta retractación. Durante ese período de preaviso, de repente, el trabajador que durante diez años fue impecable empieza a cometer errores garrafales. Llega tarde, contesta mal, su rendimiento baja misteriosamente… O, al menos, eso es lo que el empleador alega. Se busca una ‘justa causa’ sobreviniente para convertir ese despido preavisado, que implicaba pagar la indemnización completa, en un despido con causa, que, en sus sueños más optimistas, no le costaría un peso. Y ahí, amigo, es donde se abre la puerta a un nuevo nivel de conflicto. El trabajador, que ya se sentía con un pie afuera, ahora se ve acusado de incumplidor. La elegancia del preaviso se fue al tacho. Ahora estamos en el barro, en el intercambio de cartas documento, en la antesala del juicio. Es el paso de una supuesta normalidad contractual a la guerra de trincheras legal.

El arsenal legal: indemnizaciones que se suman y se complican

Cuando el empleador patea el tablero y despide al trabajador en medio del preaviso, se activa un pequeño arsenal de conceptos indemnizatorios que suelen darle un dolor de cabeza a más de un contador. Ya no hablamos de una simple liquidación final. Hablamos de una reconstrucción de lo que ‘hubiera sido’ si las cosas se hubieran hecho como se debe. Primero, y principal, la indemnización por antigüedad del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. El famoso mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor de tres meses. Eso, que ya se iba a pagar con el despido preavisado, sigue estando. Es la base de todo.

Pero ahora se suman dos joyas del derecho laboral, dos conceptos que nacen, precisamente, de esta torpeza del empleador. El primero es la Indemnización Sustitutiva de Preaviso. ¿Recuerda la servilleta? Si el empleador le dijo que le daba un mes de preaviso pero a los diez días lo echa, está incumpliendo los veinte días restantes. La ley, muy pragmática, dice: ‘¿No le diste el preaviso completo? Perfecto, págaselo’. Así que el trabajador tiene derecho a cobrar el salario correspondiente a todo el período de preaviso que le faltaba cumplir. Si era un mes y lo echan el primer día, le debe un mes de sueldo. Si tenía dos meses de preaviso por su antigüedad y lo rajan a los quince días, le debe un mes y medio. Es el precio de la impaciencia.

Y acá viene la segunda joya, la que a menudo genera más discusiones: la Integración Mes de Despido. Este es un concepto hermoso en su lógica protectoria. La ley presume que es difícil conseguir trabajo a mitad de mes. Entonces, para no dejar al trabajador en pampa y la vía, establece que si el despido no se produce el último día hábil del mes, el empleador debe pagarle los salarios correspondientes a los días que faltan para que termine ese mes. Por ejemplo, si lo despiden un 10 de marzo, le tienen que pagar los 21 días restantes de marzo como si los hubiera trabajado. Y atención a esto, que es donde muchos se confunden: la integración mes de despido se calcula sobre la indemnización sustitutiva de preaviso. El preaviso omitido se proyecta desde la fecha del despido, y si esa proyección cae en un mes que no se completa, se paga la integración. Es un combo. Un combo que el empleador, en su apuro, no vio venir. Juntas, estas dos indemnizaciones pueden significar dos o tres sueldos extra que no estaban en los planes de nadie. Es la multa por ser, digamos, poco prolijo.

El despido con causa: la excusa perfecta (o el tiro por la culata)

Ahora, entremos en el terreno pantanoso. El empleador, para evitar todo este festival de indemnizaciones, invoca una ‘justa causa’. Durante el preaviso, el trabajador supuestamente comete una falta tan grave, una injuria laboral de tal magnitud, que hace imposible la continuidad del vínculo, ni siquiera por los días que faltan. Y le manda el telegrama de despido con causa. Se siente un genio de la estrategia. Se ahorró la antigüedad, el preaviso, la integración… todo. Pero acá es donde la cosa se puede dar vuelta de una manera espectacular. Porque la ‘justa causa’ no es un capricho. No es ‘no me gusta tu cara’.

La carga de la prueba, en un juicio, recae enteramente sobre el empleador. Y los jueces, permítame la generalización, tienen una ‘sensibilidad social’ bastante afinada. Saben que un despido es un drama y no van a convalidar una causa inventada. El empleador tiene que probar, con pelos y señales, que la falta existió, que fue contemporánea al despido (no me puede echar hoy por algo que pasó hace seis meses) y que tiene una gravedad suficiente como para romper el contrato. Una llegada tarde no es causa. Dos tampoco. Una discusión acalorada, probablemente tampoco. Tiene que ser algo grosero: una agresión física, un robo, una ausente injustificada y prolongada pese a intimaciones. Cuestiones graves, objetivas, demostrables.

Y si el empleador no puede probarlo, si la causa ‘hace agua por todos lados’, el tiro le salió por la culata. No solo el despido se considerará sin causa, con lo cual deberá pagar todo lo que mencionamos antes (antigüedad, preaviso, integración), sino que además podría tener que pagar las multas de la Ley 24.013 o la 25.323. Especialmente el artículo 2 de esta última, que incrementa en un 50% las indemnizaciones por antigüedad, preaviso e integración cuando el empleador fuerza al trabajador a iniciar un juicio para poder cobrarlas. Es decir, su intento de ahorrarse unos pesos puede terminar costándole el doble. Es una apuesta de alto riesgo. Una que, desde la trinchera, vemos perder a los empleadores con una frecuencia asombrosa. La picaresca criolla a veces se topa de frente con el peso del Código y el humor de un juez laboralista, y el resultado no suele ser bonito para el bolsillo del que se quiso pasar de listo.

Consejos de trinchera: cómo jugar las cartas en este tablero

Vayamos a los bifes, a lo que realmente importa cuando uno tiene el problema encima. Esto no es teoría, es estrategia de supervivencia. Y va para los dos lados del mostrador, porque en esta danza ambos pueden cometer errores carísimos.

Para el trabajador: Lo primero, y más importante, es la calma. Le llega un telegrama que dice que está despedido con una causa que le parece un invento. La sangre hierve, es natural. Pero no haga nada en caliente. No vaya a la empresa a gritar, no mande un WhatsApp insultante. Respire hondo. Su segundo paso es llamar a un abogado. No a su primo que estudia derecho, a un abogado laboralista. Y no firme nada. Absolutamente nada. Ni ‘recibí copia’, ni ‘en disconformidad’, nada. El famoso ‘poner el gancho’ puede ser el clavo de su propio ataúd. El tercer paso, y es crucial, es contestar el telegrama de despido. El silencio puede ser interpretado en su contra. Hay que enviar una carta documento rechazando la causa invocada por falaz e improcedente, intimando a que le aclaren la situación laboral y, fundamentalmente, considerándose despedido sin causa por exclusiva culpa del empleador. Ese es el primer movimiento en el tablero. A partir de ahí, junte pruebas. Emails, mensajes, testigos. Todo lo que demuestre que la ‘causa’ es un cuento chino. El tiempo y la paciencia son sus aliados.

Para el empleador: Piénselo no dos, sino diez veces antes de despedir con causa a un trabajador que ya está preavisado. ¿La falta es tan, pero tan grave? ¿Tiene pruebas irrefutables? ¿Un video en 4K, veinte testigos juramentados, una confesión firmada ante escribano? Si la respuesta es ‘bueno, más o menos, pero mi primo me dijo que…’, está en problemas. Un despido con causa flojo de papeles es comprarse un juicio perdido. La jurisprudencia es abrumadoramente protectoria. Los jueces ven esta maniobra a kilómetros de distancia. A veces, es mucho más barato y sano pagar la liquidación completa, incluyendo preaviso e integración, y terminar la historia ahí. Un mal arreglo es casi siempre mejor que un buen juicio, sobre todo en este fuero. La tentación de ahorrarse la indemnización es grande, pero el riesgo de pagar el doble, más las costas del juicio, más los honorarios de su propio abogado y los del abogado contrario, es una realidad palpable. No sea creativo. La ley laboral no premia la creatividad, premia la previsibilidad. Si va a despedir, haga los números, pague lo que corresponde y duerma tranquilo. Intentar gambetear la ley suele terminar en una goleada en contra.

Al final del día, todo este asunto del despido durante el preaviso es un microcosmos que refleja la tensión constante del derecho laboral. Es la lucha entre la letra fría de la ley, la realidad económica de las empresas y la necesidad de proteger a la parte más débil de la relación. Es un teatro donde cada uno tiene su libreto: el empleador que intenta minimizar costos, el trabajador que busca defender lo suyo y los abogados, en el medio, moviendo las piezas en un tablero que conocemos de memoria. Un tablero donde, con frecuencia, la ironía más grande es que cumplir la ley desde el principio hubiera sido el negocio más rentable para todos.