Cobertura insuficiente en pólizas por daños de explosión

La letra chica, esa literatura de ficción
Uno tiende a imaginar que, tras el estruendo y el caos de una explosión, la aparición de la póliza de seguro es el equivalente a la caballería llegando al rescate. Una suposición enternecedora. La realidad es que ese documento, firmado con optimismo y archivado con desdén, es menos un salvavidas y más un manual de instrucciones sobre cómo y por qué, probablemente, la ayuda no llegará como se esperaba.
El primer obstáculo es semántico. Para usted, para mí, para cualquiera con sentido común, una explosión es una liberación violenta de energía que hace que las cosas se rompan. Para una compañía de seguros, es un término de arte, definido con la precisión de un cirujano y la creatividad de un novelista. La póliza no cubre ‘explosiones’ en un sentido genérico; cubre un tipo muy particular de suceso. Puede especificar que debe haber combustión rápida y violenta de gases. ¿Y si fue una sobrepresión de vapor sin fuego? Mala suerte. ¿Una implosión? Conceptualmente lo opuesto, así que búsquese otro culpable. ¿Una reacción química exotérmica sin llama? Demasiado técnico, probablemente excluido.
Este es el primer y más elegante filtro. El contrato no niega el desastre; simplemente lo rebautiza como algo que, convenientemente, no se comprometió a cubrir. Se paga por una cobertura contra ‘leones’, y si a uno lo ataca un tigre, el problema es del zoológico, no de la póliza. La prima que usted paga con admirable puntualidad no compra tranquilidad, compra una serie de definiciones muy específicas. Entender esto es el primer paso para bajar las expectativas a un nivel más realista.
El demandante: La odisea de probar lo obvio
Ahora, supongamos que usted es la víctima. Ya sea el titular de la póliza cuyo taller voló por los aires o el vecino cuya casa ahora tiene una pared menos. Su tarea es titánica: debe probar no solo que hubo un evento destructivo, sino que ese evento se alinea perfectamente con la definición arcana que la aseguradora redactó en su propio beneficio. Bienvenidos al mundo del onus probandi, o la carga de la prueba.
No basta con mostrarle al liquidador los escombros y su cara de espanto. Necesitará un perito de parte, un ingeniero o un químico que elabore un informe técnico detallado. Este profesional deberá argumentar, con fundamentos científicos, que el siniestro fue una ‘explosión’ según el Capítulo 4, Versículo 3, Inciso B de su contrato. Deberá demostrar que la velocidad de la onda expansiva, la naturaleza de los gases y la temperatura alcanzada son compatibles con la cobertura. Mientras tanto, la aseguradora enviará a sus propios expertos, cuya misión, no declarada pero evidente, es encontrar la evidencia contraria. Se inicia así una batalla dialéctica sobre termodinámica y cinética química, todo mientras su patrimonio sigue hecho un desastre.
El demandado: El paraíso de la duda razonable
Visto desde la otra vereda, el panorama es mucho más sereno. Si usted es la persona o empresa cuya instalación explotó, su defensa es, en realidad, la de su aseguradora. Y esa defensa rara vez consiste en negar los hechos. Negar una explosión que dejó un cráter es una estrategia pobre. La estrategia brillante es introducir la duda.
El abogado de la compañía no dirá ‘aquí no explotó nada’. Dirá: ‘admitimos un suceso, pero…’. Y ese ‘pero’ es un abismo. ‘…pero fue causado por un acto de negligencia grave del asegurado, quien no realizó el mantenimiento de la caldera, lo cual es una exclusión explícita’. O bien: ‘…pero el origen fue un dispositivo no declarado en la póliza’. O mi favorita: ‘…pero el daño principal no fue por la onda expansiva, cubierta, sino por el incendio posterior, cuya cobertura tiene un límite mucho menor’.
El trabajo del demandado y su seguro es desarmar la causalidad. Fragmentar un evento único y catastrófico en una serie de sub-eventos, algunos cubiertos y otros no. El objetivo es que la responsabilidad se diluya en un mar de cláusulas, exclusiones y tecnicismos. No se trata de mentir, se trata de interpretar el contrato con una creatividad feroz. Es un juego donde gana no quien tiene la razón, sino quien tiene el mejor argumento contractual.
Verdades incómodas del sistema de seguros
Llegamos al punto de las revelaciones que no sorprenden a nadie que haya lidiado con esto. Un seguro no es un sistema de solidaridad social, es un negocio. Un negocio brillante, basado en cobrar por promesas cuyo cumplimiento depende de un texto que la misma empresa redacta. La prima se calcula sobre la probabilidad estadística de que ocurra un evento muy específico, no cualquier calamidad.
Otro concepto dolorosamente claro es el del infraseguro. Digamos que, por un milagro, la cobertura se activa. La aseguradora acepta pagar. Pero pagará hasta el límite de la suma asegurada. Una cifra que, con suerte, se fijó hace un año o dos. Con la inflación y el costo de la construcción por las nubes, esa pila de dinero que parecía enorme al firmar el papel apenas alcanzará para los cimientos. El asegurado descubre que estaba cubierto, sí, pero solo para una fracción de su pérdida real. Estaba asegurado contra el 100% de un riesgo, pero por el 40% del valor.
Al final, el sistema funciona a la perfección. No para el damnificado, claro está. Funciona para el modelo de negocio. La lección, tan costosa como inevitable, es que el valor de una póliza no reside en lo que parece cubrir, sino en lo que, tras un análisis minucioso y a menudo doloroso, no logra excluir. Y en esa sutil diferencia habita toda la ciencia y el arte del derecho de seguros.












