Rechazo de Adopción por Falta de Aptitud Psicofísica

El Oráculo Psicofísico: Cuando la Ciencia Opina Sobre el Amor
En el camino, a menudo heroico, de la adopción, existe una parada obligatoria que genera más zozobra que cualquier otra: la evaluación de aptitud psicofísica. El Código Civil y Comercial, en su infinita sabiduría, establece que los postulantes deben ser aptos para criar. Nadie en su sano juicio discutiría esto. El norte es siempre, y en mayúsculas, el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. El problema, como siempre, no está en la ley, sino en su aplicación terrenal. Porque esa ‘aptitud’ no se mide con un análisis de sangre ni una tomografía, sino a través de la interpretación de un equipo técnico.
Hablamos de psicólogos y trabajadores sociales que, armados con una batería de tests y entrevistas, deben emitir un veredicto sobre la capacidad de una persona para amar, cuidar y formar a otra. Su informe técnico, una vez volcado en el auto judicial, adquiere un peso casi sagrado. Es la palabra ‘científica’ que respalda o aniquila un proyecto de vida. Y es aquí donde la cosa se pone interesante. Porque la ciencia, en este ámbito, a menudo se viste con un lenguaje deliberadamente opaco. Frases como ‘dificultades en la simbolización’, ‘estructuras yoicas frágiles’ o ‘escasos recursos psíquicos para la prohijación’ son moneda corriente. Suenan graves, profundas. A veces, solo son una forma elegante de decir ‘no me cierra del todo’.
Este informe no busca súper-héroes, pero sí parece buscar la ausencia total de fisuras, de dudas, de pasado. Una vara tan alta que pocos padres biológicos podrían siquiera rozar. La evaluación se convierte, sin quererlo, en un filtro de ‘normalidad’, donde cualquier desviación del manual no escrito sobre la familia tipo puede ser vista con sospecha. No es mala fe; es la inercia de un sistema diseñado para minimizar riesgos a toda costa.
Estrategias de Supervivencia para Postulantes Rechazados
Recibir un informe negativo es un golpe devastador. Pero lo primero es entender que no es una verdad revelada ni una condena divina. Es una opinión técnica, un documento administrativo. Y como tal, se puede y se debe cuestionar. El primer paso no es la desesperación, sino la acción legal. El sistema de justicia, afortunadamente, contempla el derecho a la defensa.
La herramienta clave es la impugnación del informe técnico. Esto no es un simple escrito de queja; es un contraataque legal y técnico. Se debe solicitar al juez que se aparte de las conclusiones del equipo del juzgado y, para ello, la jugada maestra es presentar una pericia de parte. Esto significa contratar a un psicólogo o psiquiatra propio, uno que hable el mismo idioma críptico que el equipo oficial. Este profesional realizará su propia evaluación y elaborará un contra-informe que refute, punto por punto, las conclusiones del original. Se trata de combatir el ‘no está apto porque lo digo yo’ con un ‘sí está apto y aquí están las razones científicas’.
La verdad incómoda es que la carga de la prueba se invierte. El sistema presume la validez de sus propios peritos. Son los postulantes quienes deben demostrar, con una pila de evidencia, que el diagnóstico oficial está equivocado. Es una batalla cuesta arriba contra la burocracia y el sesgo de confirmación, pero es una batalla que se puede ganar con la estrategia y el asesoramiento correctos.
El Manual no Escrito para la Parte Acusadora (El Sistema)
Ahora, pongámonos por un momento en los zapatos del sistema. ¿Cómo se redacta un informe de ‘no apto’ que sea a prueba de balas? La clave, irónicamente, es la ambigüedad calculada. Hay que evitar afirmaciones categóricas y moverse en el terreno de lo potencial y lo observado. ‘Se observaría una posible dificultad para la puesta de límites’, ‘los postulantes mostrarían cierta rigidez en sus esquemas de pensamiento’. Frases así son difíciles de refutar porque no afirman, sugieren.
El segundo pilar es el procedimiento. Cada paso, cada entrevista, cada notificación debe estar documentada y fechada con un rigor obsesivo. La fortaleza del sistema no es su sabiduría, sino su formalidad. Un error procesal del postulante es un argumento de oro para sostener la decisión. Finalmente, toda conclusión, por más abstracta que sea, debe anclarse en el tótem del ‘interés superior del niño’. Es el escudo definitivo. Al afirmar que la decisión, por dura que parezca, busca proteger al menor, se ocupa una posición moralmente inexpugnable. El objetivo no es tener la razón, sino que el auto judicial sea incontestable.
Más Allá del Sello de ‘No Apto’: Reflexiones desde la Trinchera
Seamos brutalmente honestos: la idea del padre o madre perfecto es una construcción cultural, una fantasía. La paternidad real es un ejercicio caótico de amor, improvisación y resiliencia. El sistema de adopción, en su afán por garantizar un futuro sin sobresaltos para el niño, a veces cae en la trampa de buscar ese ideal inexistente. Prefiere el riesgo cero, aunque eso signifique dejar a un chico sin familia.
La aversión al riesgo es comprensible, pero peligrosa. Rechazar a una familia ‘suficientemente buena’ por no ser ‘perfecta’ ignora el daño cierto y presente que sufre un niño que crece en una institución. Un hogar con sus matices, sus pequeñas neurosis y sus historias de vida complejas suele ser infinitamente mejor que la asepsia de un hogar convivencial. Un niño no necesita padres de manual, necesita un anclaje, afecto y la seguridad de pertenecer a alguien.
Al final del día, el laburo en estos casos es recordarles a todos los actores del proceso —jueces, fiscales, asesores, peritos— que detrás de los expedientes, los sellos y los informes con terminología impenetrable hay personas. Postulantes con un deseo genuino y, sobre todo, un chico o una chica cuyo tiempo es el recurso más valioso y finito de todos. La verdadera aptitud, quizás, no es la ausencia de fallas, sino la capacidad de reparar, de aprender y de amar incondicionalmente. Y eso, lamentablemente, ningún test psicométrico lo puede medir.












