Derechos Humanos: La Ilusión de su Protección Efectiva

El Esplendoroso Catálogo de Derechos (en Papel)
Uno no puede más que sentir un profundo orgullo cívico al repasar el corpus normativo que rige en materia de derechos fundamentales. La reforma constitucional de 1994, con la incorporación del artículo 75 inciso 22, no fue una mera enmienda; fue una declaración de principios. Decidimos, como sociedad, que los tratados internacionales de derechos humanos no serían simples recomendaciones de buena voluntad, sino que tendrían jerarquía constitucional. El Pacto de San José de Costa Rica, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; todos ellos pasaron a integrar nuestro bloque de constitucionalidad. Una decisión sofisticada y progresista.
Esto significa, en criollo, que el derecho a la vida, a la integridad personal, a un juicio justo con todas las garantías, a la libertad de expresión, y tantos otros, no son concesiones graciosas del Estado, sino que constituyen el límite infranqueable de su poder. Son la ley suprema. El Estado no solo debe abstenerse de violarlos, sino que tiene la obligación positiva de garantizarlos, de crear las condiciones para su pleno goce y ejercicio. Contamos, por tanto, con un arsenal de normas de la más alta alcurnia para defender a la persona frente a cualquier abuso. Es un diseño impecable, un verdadero lujo conceptual. Es el tipo de sistema que uno describiría con satisfacción en un congreso internacional de derecho comparado. La única salvedad, el único asterisco en esta narrativa tan reconfortante, es la trivial circunstancia de tener que recurrir a él en un caso de la vida real. Es ahí cuando el brillo de la norma empieza a opacarse por el polvo del expediente.
El Laberinto Procesal: Donde las Urgencias se Toman un Descanso
Para que los derechos no sean solo poesía jurídica, el sistema prevé acciones concretas, supuestamente veloces y efectivas. Las estrellas de este firmamento procesal son tres: el amparo, el hábeas corpus y el hábeas data. El hábeas corpus es la garantía ancestral contra la detención ilegal; si alguien está preso sin orden de un juez competente o si sus condiciones de detención son inhumanas, este remedio debería asegurar una intervención judicial inmediata. El hábeas data protege nuestra información personal, permitiéndonos acceder a bases de datos y corregir información falsa. Y luego está el amparo, la gran acción heroica, el remedio para todo lo demás: cuando un derecho constitucional es vulnerado de forma manifiesta y arbitraria, y no existe otro camino judicial más idóneo. La ley lo califica como una vía “expedita y rápida”.
Aquí, “rápido” es un término que la justicia interpreta con una flexibilidad admirable. Un amparo que debería resolverse en días puede tranquilamente demorar meses, o incluso años, si se le interponen los suficientes recursos y chicanas procesales. El concepto de “arbitrariedad manifiesta” se convierte en un campo de batalla interpretativo donde lo que para el ciudadano es un abuso evidente, para el tribunal puede ser una “cuestión compleja que requiere mayor debate y prueba”. Las medidas cautelares, diseñadas para evitar que el daño se vuelva irreparable mientras dura el juicio, a menudo se otorgan cuando el daño ya está hecho o se deniegan con argumentos que harían sonrojar al más cínico. El sistema está diseñado para atender emergencias, pero parece operar bajo la premisa de que no hay nada tan urgente que no pueda esperar un poco más. La burocracia, los plazos que se estiran, los traslados que se demoran y la escasez de recursos humanos y materiales convierten el camino hacia la justicia en una carrera de obstáculos. Una carrera en la que el tiempo y los recursos económicos corren siempre a favor del más poderoso.
Consejos para Navegantes: El Rol del Acusador y el Acusado
En este escenario, tanto para quien denuncia una violación de sus derechos como para quien es acusado de violarlos, el conocimiento de la ley es tan importante como la comprensión de sus disfunciones.
Para la víctima o acusador: lo primero es armarse de una paciencia que raye en lo sobrehumano. Su principal enemigo no será necesariamente el perpetrador de la violación, sino el propio sistema. Contrate a un abogado que no solo sepa de leyes, sino que conozca los pasillos del juzgado, los códigos no escritos y el humor del funcionario de turno. Documente absolutamente todo de manera obsesiva: cada hecho, cada testigo, cada papel. Su palabra, lamentablemente, será puesta en duda desde el primer día. Prepárese para ser revictimizado por un proceso lento e indiferente que le exigirá relatar su padecimiento una y otra vez. El Estado, su teórico protector, a menudo actuará como un gigante somnoliento al que hay que pinchar constantemente para que se mueva. No espere empatía, espere un número de expediente. Su victoria no será obtener justicia rápida, sino simplemente obtenerla.
Para el acusado: la Constitución le regala un principio magnífico: la presunción de inocencia. Aférrese a él, porque en la práctica, el peso de la acusación se siente como una condena anticipada. Su mejor estrategia es, irónicamente, utilizar la propia lentitud del sistema a su favor. Un buen abogado defensor no es solo el que prueba su inocencia, sino el que domina el arte de la dilación procesal. Presente cada recurso posible, cuestione cada prueba, recuse a cada juez si es necesario. Convierta el proceso en un pantano burocrático. El tiempo juega a su favor: los testigos olvidan, las pruebas se pierden, el acusador se cansa. La justicia que tarda no es justicia, y esa máxima, que es un calvario para la víctima, puede ser su salvación. No se trata de una búsqueda de la verdad, sino de una guerra de desgaste. En un sistema ineficaz, la ineficacia es la mejor defensa.
La Revelación Obvia: El Costo de una Justicia Ineficaz
Después de este recorrido, llegamos a una verdad tan incómoda como evidente: el problema fundamental no es la falta de leyes. Tenemos una pila de normas, declaraciones y tratados que son la envidia de muchas naciones. El problema es de una naturaleza más profunda, casi cultural. Es la brecha entre el país que escribimos en nuestras leyes y el país que habitamos todos los días. La ineficacia de los mecanismos de protección de derechos humanos no es un simple defecto técnico que se soluciona con otra reforma procesal. Es un síntoma de una patología mayor.
El verdadero costo de esta disfunción no es solo económico o temporal. El costo es la erosión de la confianza. Cuando un ciudadano busca amparo en la justicia y solo encuentra un laberinto de frustración, lo que se rompe es el contrato social. El mensaje que el sistema envía es devastador: tus derechos son importantes, pero no tanto. Son negociables. Están sujetos a la disponibilidad presupuestaria, a la carga de trabajo del juzgado, al humor del secretario. La sensación de indefensión genera un daño moral profundo y duradero, una segunda herida que inflige el propio Estado que debía curar la primera.
En última instancia, hay que considerar la posibilidad de que el sistema no esté “roto”, sino que funcione exactamente como se espera que lo haga, aunque no se admita en voz alta. Funciona como un filtro formidable, donde solo los más tenaces, los más acaudalados o los más afortunados logran atravesar el engorroso proceso para obtener una sentencia. Para el resto, queda el consuelo de vivir en un país que, al menos en los papeles, respeta los derechos humanos de una manera exquisita. Y para muchos, esa hermosa ficción parece ser suficiente.












