Cobro de intereses usurarios: Defensa y Acusación

La aplicación de intereses usurarios constituye un aprovechamiento de la necesidad, ligereza o inexperiencia de la otra parte, sancionado por la ley.
Un cactus gordo y espinoso, con un pequeño y flaco cactus a su lado, casi completamente cubierto por las espinas del grande. Representa: Cobro de intereses usurarios

El delicado arte de no ser un usurero (o de parecerlo)

Hablemos de dinero. O, mejor dicho, del costo del dinero. Porque el dinero, como cualquier otro bien en este sistema que tan cómodamente habitamos, tiene un precio. Pedirlo prestado implica pagar un alquiler por su uso, lo que llamamos interés. Una verdad tan simple que hasta un niño la entiende. El problema, claro está, nunca reside en lo simple. Reside en los matices, en esa zona gris donde un negocio legítimo se transforma en una explotación descarnada. Bienvenidos al mundo de la usura.

La usura no es, como muchos creen, simplemente cobrar un interés “alto”. El concepto es más sutil y, por ende, más perverso. La ley, en su infinita y a veces exasperante sabiduría, no nos regala un porcentaje mágico. No hay un cartel luminoso que diga: “A partir del 50% anual, usted es un villano”. La usura es una desproporción injustificada de las prestaciones, nacida del aprovechamiento de la necesidad, ligereza o inexperiencia de la otra parte. Lean esas palabras de nuevo. No hablan solo de números, hablan de intenciones y de contexto. Hablan de una asimetría de poder.

Esto significa que un interés del 40% anual podría ser perfectamente lícito en un contexto de altísimo riesgo, mientras que un 30% podría ser declarado usurario si se le aplicó a una persona en una situación de vulnerabilidad extrema, sin otra alternativa a la vista. El análisis es, por obligación, artesanal. Caso por caso. Un juez debe calzarse los zapatos tanto del que prestó la plata como del que la pidió, y determinar si el acuerdo fue un pacto entre pares o la claudicación de un náufrago frente al dueño del único bote salvavidas.

La figura de la usura, o más bien de la lesión subjetiva-objetiva que la contiene, es una de las pocas herramientas con las que cuenta el sistema para ponerle un freno a la voracidad. Es el reconocimiento de que la libertad contractual tiene un límite: la dignidad humana. Uno puede pactar casi cualquier cosa, pero no puede pactar su propia ruina aprovechándose de un momento de debilidad. Pensar que porque alguien firmó un papel, ese papel se convierte en ley divina, es una ingenuidad peligrosa. Los contratos se pueden revisar, anular o modificar. Y saber esto es el primer paso, tanto para el que acusa como para el que se defiende.

La perspectiva del deudor: Cuando la soga aprieta más de la cuenta

Si estás del lado del que firmó un acuerdo que hoy parece una condena, tu trabajo no es lamentarte. Tu trabajo es construir un caso. La justicia no premia al que tiene razón, sino al que puede probarla. Y para acusar a alguien de usura, necesitás demostrar dos cosas: la desproporción objetiva y el aprovechamiento subjetivo.

La desproporción objetiva es la parte más sencilla. Es matemática pura. Consiste en tomar el interés que te están cobrando y compararlo con las tasas de referencia del mercado en el momento en que firmaste. ¿Cuáles son? Las que publica el Banco Central para operaciones similares, las tasas de los bancos públicos para préstamos personales, descubiertos en cuenta corriente, etc. Si tu pagaré dice 150% anual y el promedio del mercado para un crédito sin tantas garantías era del 60%, tenés un punto de partida sólido. Es una evidencia contundente de que el número es, como mínimo, llamativo.

Luego viene lo complicado: el aprovechamiento subjetivo. Aquí es donde la historia personal entra en juego. No basta con decir “necesitaba la plata”. Hay que demostrarlo. ¿Era para una emergencia médica? ¿Para evitar un desalojo? ¿Para pagar otra deuda que te ahogaba? ¿Estabas desempleado? ¿Tenías un nivel de instrucción bajo que te impedía comprender la magnitud de lo que firmabas? Todo sirve. Correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, testigos. Hay que pintar un cuadro claro de tu desesperación o tu inexperiencia. El juez debe entender que no firmaste eso como una opción más, sino como la única salida que creíste tener. Uno no firma un pacto leonino para financiar la compra de un auto cero kilómetro por capricho; lo hace porque siente que no hay otra puerta que tocar.

La clave es conectar los dos elementos. La tasa es absurda porque yo estaba en una situación vulnerable y el acreedor lo sabía y se aprovechó. Sin esa conexión, solo tenés un mal negocio. Con esa conexión, tenés un caso de usura.

La perspectiva del acreedor: El riesgo tiene un precio, a veces demasiado alto

Ahora, pongámonos en los zapatos del que prestó el dinero. Ese sujeto que, en la narrativa popular, siempre es el malo de la película. Pero la realidad es más compleja. Prestar dinero es un negocio, y como todo negocio, implica un riesgo. Y a mayor riesgo, mayor es la rentabilidad esperada. Nadie invierte en un proyecto de alto riesgo esperando la misma ganancia que le daría un plazo fijo.

La defensa del acreedor no pasa por negar que la tasa es alta. Intentar eso es ridículo y contraproducente. La defensa pasa por justificarla. La pregunta central que debe responder tu abogado es: ¿por qué esta operación merecía una tasa superior a la del mercado? La respuesta debe ser una lista detallada de factores de riesgo. El deudor no tenía trabajo formal. No tenía bienes a su nombre para ofrecer como garantía. Tenía un historial crediticio desastroso. Necesitaba el dinero con una urgencia que impedía un análisis de riesgo tradicional. El país atravesaba un momento de inflación galopante que licuaba el capital prestado. Todos estos son argumentos válidos.

Tu defensa es un ejercicio de realismo económico. No estabas explotando a un desvalido; estabas haciendo una apuesta de altísimo riesgo que el sistema financiero formal no estaba dispuesto a hacer. Le prestaste plata a alguien a quien nadie más le prestaba. Ese servicio, esa asunción de riesgo, tiene un precio. El desafío es demostrar que el precio era proporcional al riesgo, y no una simple excusa para obtener una ganancia extraordinaria.

Hay que presentar pruebas. Si hiciste un análisis, aunque sea informal, de la situación del deudor, presentalo. Si el deudor mismo manifestó su incapacidad de acceder a otras fuentes de financiamiento, usalo a tu favor. La idea es transformar la narrativa: no sos un villano que se aprovecha de la necesidad, sino un actor financiero que opera en un nicho que los demás temen. Un nicho donde las posibilidades de no volver a ver un peso de tu plata son considerablemente altas.

Estrategias y otras verdades incómodas del tablero legal

Al final del día, un juicio por usura es una batalla de narrativas. No hay verdades absolutas, solo hechos que se interpretan. Y la estrategia es lo que inclina la balanza.

Para el deudor, la estrategia es la victimización documentada. No alcanza con el llanto; se necesita una pila de papeles. Tenés que presentarte como una persona razonable atrapada en una situación irrazonable. Tu argumento central es: “Señor Juez, mire esta tasa. Ahora mire mi situación en aquel momento. ¿Le parece justo? ¿Le parece equitativo?”. Tu mejor arma es la empatía del tribunal, pero esa empatía se gana con pruebas, no con adjetivos. Pedí una pericia contable para que un experto dictamine sobre la abusividad de la tasa. Es una inversión que puede cambiar el resultado del juicio.

Para el acreedor, la estrategia es el pragmatismo frío. Tu defensa debe ser técnica y despojada de emociones. Tenés que mostrar que tu decisión de cobrar esa tasa no fue un acto de malicia, sino de cálculo. “Señor Juez, esta era la probabilidad de incobrabilidad. Este era el costo de oportunidad de mi capital. Esta era la inflación proyectada. La tasa no es un capricho, es el resultado de esta fórmula”. Debes demostrar que, si bien el deudor estaba en una mala situación, tu rol no era el de una entidad de beneficencia, sino el de un inversor que asumió un riesgo que nadie más quiso correr. Tu mejor arma es la lógica financiera, desarmar la acusación de “aprovechamiento” con la evidencia de un “riesgo calculado”.

Hay una verdad incómoda que subyace en todo esto: el sistema necesita del crédito, incluso del crédito caro. A veces, la única alternativa a un préstamo usurario no es un préstamo justo, sino la nada misma. La ley intenta trazar una línea en la arena, un límite para proteger a los más débiles. Pero esa línea es móvil, porosa y sujeta a la interpretación de un tercero que no estuvo ahí cuando se firmó el acuerdo. El conflicto sobre los intereses es, en esencia, un debate filosófico sobre el valor de la desesperación. Y la tarea de ponerle un precio a eso es, sin duda, uno de los actos más complejos y reveladores del derecho.